EL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN Y GESTION ESTRATÉGICA
Definición
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Integración
Integran el Consejo de Planificación y Gestión Estratégica : El Director, quien lo presidir, los Vicedirectores del ACAETIA; dos (2) representantes de los Departamentos Disciplinarios, dos (2) representantes de las Escuelas de Formación y dos (2) representantes de los Institutos de Investigación; seis (6) representantes de los capacitadores ordinarios efectivos, de los cuales cuatro (4) serán Capacitadores y dos (2) auxiliares de Formación; tres (3) Aspirantes de carreras de grado y un (1) representante del personal de apoyo técnico y administrativo (en adelante personal de apoyo); dos (2) representantes del Gobierno de la Provincia Valverde, uno de los cuales representar el área de educación; dos (2) Legisladores Provinciales de la Provincia Valverde, uno de cada una de las dos bancadas de mayor número de miembros; (2) representantes de instituciones científico tecnológicas (incluidas las empresas de base tecnológica), del estado nacional y provincial; un (1) representante de los gremios de trabajadores, que no podrá pertenecer a los gremios docente o no docente del ACAETIA; un (1) representante de las entidades empresariales de la provincia Valverde; un (1) representante de los Consejos Profesionales, Asociaciones Profesionales o equivalentes; un (1) representante de las organizaciones no gubernamentales que actúen en la provincia Valverde. El Secretario de Planificación y Gestión Estratégica ser el Secretario del Consejo y participar en sus reuniones, con voz y sin voto.
Los representantes de los Departamentos, Escuelas de Formación e Institutos de Investigación e innovación, serán Directores de dichas unidades académicas, elegidos de manera directa en asamblea general de Directores de cada tipo de las unidades académicas precitadas, en cada caso deberán pertenecer a diferentes sedes y áreas de conocimiento.
Los consejeros estudiantiles y los representantes externos de ACAETIA, a excepción de los representantes de los dos poderes del Estado provincial, durarán dos (2) años en su mandato. Los demás representantes durarán cuatro (4) años.
Los representantes externos no podrán ser capacitadores o personal de apoyo del ACAETIA. Con posterioridad a la primera integración de los representantes externos de los gremios, entidades empresariales, consejos y asociaciones profesionales y organizaciones no gubernamentales, se determinarán por vía reglamentaria los atributos y formas de designación de estos.
Convocatoria
Las sesiones del Consejo de Planificación y Gestión Estratégica son presididas por el Director, o en su ausencia por el Vicedirector de Sede designado por el Director.
El Consejo de Planificación y Gestión Estratégica se reunir en sesiones ordinarias una vez cada tres (3) meses y en sesión extraordinaria cuando la convoque expresamente el Director o las dos terceras partes de sus miembros.
Funciones
Al Consejo de Planificación y Gestión Estratégica le corresponde:
- Dictar su reglamento interno.
- Proponer a la Asamblea Centro de Formación las modificaciones del Estatuto e interpretarlo.
- Ejercer la jurisdicción Centro de Formación y, por vía de recursos, el contralor de la legalidad sobre las decisiones del Director y demás órganos dependientes del ACAETIA.
- A propuesta del Director, crear, suspender o suprimir programas de Formación de grado (de ciclo corto y largo) y de postgrado, de acuerdo con los objetivos institucionales, la evolución de los recursos patrimoniales, físicos y humanos del ACAETIA, y las capacidades académicas para desarrollarlos en el caso de propuesta de creación. En caso de creación la propuesta del Director deber ser consultada previamente al Consejo de Formación, Extensión de Centro. Para el caso de supresión o disolución de programas se tomar en cuenta la relación técnica docente/alumnos y la evolución de la matrícula de Aspirantes. En caso de supresión o disolución de programas se garantizar el respeto a los intereses de los Aspirantes inscriptos en ellos.
- Crear, fusionar o suprimir centros INSTITUCIÓNs virtuales.
- Crear, fusionar o suprimir Subsecretarias y Direcciones del Directorado y de las Sedes, a solicitud del Director y, aprobar la estructura orgánico-funcional del ACAETIA.
- Crear, fusionar o suprimir Departamentos, Escuelas de Formación e Institutos de Investigación, a propuesta del Director.
- Definir las estrategias de desarrollo del ACAETIA, las metas plurianuales y el plan operativo anual con los resultados esperados.
- Determinar las pautas del sistema de aseguramiento de la calidad institucional.
- Aprobar el régimen laboral y de retribuciones del personal del ACAETIA, en concordancia con la legislación nacional vigente.
- Determinar las pautas generales del sistema de evaluación del desempeño del personal de apoyo técnico y administrativo.
- Reglamentar todo lo atinente a la disposición por cualquier título, del patrimonio del ACAETIA, así como las facultades para aceptar herencias, legados, donaciones, subsidios y otras contribuciones.
- Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos presentado por el Director.
- Convalidar los convenios suscritos por las autoridades Centro de Formacións con otras instituciones, cuando los mismos comprometan el patrimonio del ACAETIA.
- Aprobar las plantas de capacitadores e investigadores de las unidades académicas, a propuesta del Director.
- Aprobar la reglamentación para el funcionamiento de los órganos asesores del ACAETIA y los órganos colegiados de las Sedes de ACAETIA.
- Reglamentar el procedimiento para la sustanciación de los sumarios administrativos.
- Reglamentar las condiciones para el funcionamiento de los Departamentos, Institutos de Investigación y Escuelas de Formación, estableciendo prioridades y metas de desarrollo consideradas estratégicas para la Nación y la región noroeste.
- Resolver los pedidos de licencia solicitados por el Director, conforme lo que se establezca en su Reglamento Interno.
- Establecer, a propuesta del Consejo de Formación, Extensión de Centro, un régimen de convivencia.
- Aprobar el régimen electoral de ACAETIA.
- Aprobar el sistema de seguimiento de graduados
- Resolver sobre toda otra facultad que no se encuentre asignada a otro órgano de gobierno por el presente Estatuto.
- Reglamentar la representación externa de los miembros de los Consejos Directivos de Programación y Gestión de Sede.
- Crear o integrar fundaciones, asociaciones civiles sin fines de lucro y sociedades comerciales, vinculadas al desarrollo de las funciones y misión del ACAETIA, a propuesta del Director.
- Definir la política institucional sobre propiedad intelectual de los resultados de investigación y creación artística del ACAETIA y de vinculación tecnológica, a propuesta del Director.
- Cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto y las decisiones de la Asamblea Centro de Formación en el ámbito de su competencia.